4. Oficina de Libre Acceso a la Información
Definición Oficina de Acceso a la Información (OAI)
La Oficina de Acceso a la Información (OAI), es un mandato de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública Ley 200-04 y el Decreto No. 130-05 que crea el reglamento de dicha ley, con el objetivo de apoyar a entidades y personas tanto públicas como privadas mediante las informaciones solicitadas.
Ser una institución de Educación Superior modelo de excelencia en el desarrollo de las capacidades para la Seguridad y Defensa Nacional.
Desarrollar las estructuras y procesos académicos necesarios para garantizar la educación superior en la carrera militar.
El representante de Acceso a la Información, es el responsable de tramitar y facilitar las informaciones requeridas y de ser el canal de comunicación entre la institución, ciudadanos y ciudadanas.
- Completar el formulario de solicitud de información.
- Se procede a la revisión de dicho documento con la finalidad de verificar que está debidamente completada(o).
- Se hace entrega de acuse de recibo al solicitante.
- Según la complejidad de la información, se asigna una fecha de entrega. En caso de no ser el Ministerio de Defensa la entidad competente para ofrecer la información requerida, dicha solicitud se refiere a la institución correspondiente y se le informa al solicitante, el curso que ha tomado su solicitud y la institución destinataria.
- Seguimiento de la(s) solicitud(es) hasta confirmar que se ha suministrado la información.
- Oficina de Libre Acceso a la Información